Código de Ética PMPA™

Certificación PMPA™

El siguiente código ético es una guía diseñada para afianzar la calidad del Profesional Mánager en Proyectos Ambientales – PMPA™. Incluye disposiciones obligatorias sobre las cuales todos los miembros voluntarios y los certificados serán tenidos como responsables. Las disposiciones de este código no deben considerarse excluyentes los unos de los otros, sino aplicarse de una forma coherente y holística en su ejercicio profesional y/o en su labor de transferencia docente, a saber:

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1ra Disposición.-

Propender a un desarrollo regional sustentable ecológicamente, territorialmente equilibrado, económicamente próspero y socialmente seguro y justo.
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2da Disposición.-

Promover y garantizar la articulación entre crecimiento y desarrollo, con vistas a satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer las de las generaciones futuras.
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3ra Disposición.-

Considerar al Paisaje como “patrimonio de patrimonios” o lo que es lo mismo superar la noción objetual del patrimonio y a partir de esta premisa, entender al paisaje como la principal riqueza sobre la cual construir y sustentar el desarrollo territorial.
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4ta Disposición.-

La belleza es un derecho de todos y por lo tanto, la imagen urbana y territorial es un valor tanto o igual de importante que el propio patrimonio tangible.
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5ta Disposición.-

Tender, a través de su actividad proyectual, a la mejora de la calidad ambiental, sobre el entendimiento que la conservación de los recursos básicos como el agua, el aire y el suelo son esenciales para garantizar la calidad de vida y el disfrute urbano y asimismo el desarrollo económico productivo local y regional.
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6ta Disposición.-

Promover un ambiente sano y saludable para toda la población, factor esencial para garantizar la calidad de vida local y el desarrollo.
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7ma Disposición.-

El desarrollo sustentable supone crecimiento económico con equidad y respeto ecológico-natural. En esta línea, se enfatiza el enfoque integral y visión de largo plazo que debe enfatizar todo Profesional Mánager en Proyectos Ambientales – PMPA™.
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8va Disposición.-

ropender al empoderamiento de las comunidades, pues es a través del fortalecimiento de los lazos sociales, de la capacitación, del aprovechamiento de la creatividad e innovación social local, que podrá alcanzarse el verdadero desarrollo endógeno de las comunidades involucradas.
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9na Disposición.-

Promover la diversificación y dinamización de las economías locales, estimulando el aprovechamiento de los recursos propios, siempre en un marco de uso racional de los mismos y la incorporación de valor agregado a través de tecnologías apropiadas, de modo de propender a maximizar los beneficios minimizando los riesgos económicos, ecológicos y sociales.
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10ma Disposición.-

Profundizar la sustentabilidad como meta, estimulando las denominadas “industrias limpias” e “industrias creativas”, sin minimizar las posibilidades de promoción económica, incorporación de valor agregado y diversificación productiva de las actividades primarias y/o secundarias con tecnologías limpias.
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11va Disposición.-

Garantizar la participación, involucrando y trasformando a los actores sociales en verdaderos autores del proyecto, y estimular la concertación y el diálogo como herramientas claves para garantizar la gobernanza y gobernabilidad ambiental.
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12va Disposición.-

La educación y capacitación continua a todos los actores sociales involucrados deben ser prioridad como estrategia y herramienta básica en la construcción de modelo de sociedad sustentable en el presente y a futuro.
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13va Disposición.-

Garantizar la información y comunicación y descentralización en la toma de decisiones, promoviendo a través del Proyecto un modelo de gestión y comunicación fluida, flexible, descentralizada, transversal, que se retroalimente a sí mismo a partir de la propia práctica y ejercicio proyectual, entendiéndose al proyecto como proceso en autoevaluación continua.
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14va Disposición.-

Propender a la instalación de una cultura ambiental ciudadana activa, en y para el desarrollo sustentable, que trascienda al propio proyecto y la escala local, y ayude a consolidar un nuevo humanismo a nivel global.
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15va Disposición.-

Asumir un compromiso ético y estético con el ambiente como un todo y en todo momento, tanto en la vida profesional como en la cotidianeidad, pues el ejercicio responsable del Profesional Mánager en Proyectos Ambientales – PMPA™, trasciende su disciplina y el ciclo del proyecto. Se trata de asumir y asumirse como un nuevo ciudadano del mundo, comprometido con la transformación benéfica de la cada vez más compleja y desafiante realidad mundial, a corto y mediano plazo, en pos de las generaciones futuras.
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16va Disposición.-

Asumir el trabajo profesional con compromiso ético, respetando y haciendo respetar por sobre todas las cosas los valores de verdad y justicia social.
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17va Disposición.-

Rechazar todo hecho de corrupción propio y/o ajeno, el tráfico de influencias y otras desviaciones que atentan contra la vida y dignidad de las personas, velar por los derechos humanos y la transparencia en los procesos de formulación y ejecución de los proyectos de desarrollo ambiental.

El incumplimiento de este Código de Ética Profesional puede acarrear una investigación de la conducta de un miembro y/o titular de la certificación y, en última instancia, medidas disciplinarias.