Código de Ética

del Profesional en Medio Ambiente PMA™

El siguiente código ético es una guía diseñada para afianzar la calidad del Profesional en Medio Ambiente PMA™. Incluye disposiciones obligatorias sobre las cuales todos los miembros voluntarios y los certificados serán tenidos como responsables. Las disposiciones de este código no deben considerarse excluyentes los unos de los otros, sino aplicarse de una forma coherente y holística en su ejercicio profesional y/o en su labor de transferencia docente, a saber:

01

1ra Disposición.-

Actuar de acuerdo con los mejores principios en lo que se refiere a proteger, conservar y respetar los ecosistemas y la biodiversidad y la mejora de la calidad del medio ambiente.
02

2da Disposición.-

Procurar que la utilización de los recursos naturales con respeto a la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que estos recursos forman parte, sean justas y sostenibles.
03

3ra Disposición.-

Sensibilizar acerca de la fragilidad de nuestros recursos naturales y la desigualdad de acceso a los mismos en los diferentes países.
04

4ta Disposición.-

Como expertos ambientales, nos comprometemos a hacer lo correcto y servir de ejemplo a nuestros pares profesionales de otros países, con una conducta ambiental ética y responsable.
05

5ta Disposición.-

Asumir un compromiso ético y estético con el ambiente como un todo y en todo momento, tanto en la vida profesional como en la cotidianeidad, pues el ejercicio responsable del Profesional en Medio Ambiente – PMA™, trasciende su disciplina y el ciclo del proyecto. Se trata de asumir y asumirse como un nuevo ciudadano del mundo, comprometido con la transformación benéfica de la cada vez más compleja y desafiante realidad mundial, a corto y mediano plazo, en pos de las generaciones futuras.
06

6ta Disposición.-

Utilizar mis conocimientos y experiencia, para fomentar una cultura de respeto a la naturaleza y cuidado del ambiente, y ser útil en aquellas demandas sociales y educativas de los colectivos ciudadanos.
07

7ma Disposición.-

Asumir el trabajo profesional con compromiso ético, respetando y haciendo respetar por sobre todas las cosas los valores de verdad y justicia social.
08

8va Disposición.-

Reportaremos a la autoridad competente todo aquel evento que pueda dañar al medio ambiente.
09

9na Disposición.-

Rechazar todo hecho de corrupción propio y/o ajeno, el tráfico de influencias y otras desviaciones que atentan contra la vida y dignidad de las personas, velar por los derechos humanos y la transparencia en los procesos de formulación y ejecución de los proyectos de desarrollo ambiental.
10

10ma Disposición.-

Comprometerse a mantener su competencia profesional, defender la integridad y la reputación de la profesión y de la certificación.

Se espera que este conjunto de consideraciones inciten a la reflexión y guíen a todos los Profesionales del Medio Ambiente a actuar en valores enfocados al respeto y cuidado del medio ambiente.

El incumplimiento de este Código de Ética Profesional puede acarrear una investigación de la conducta de un miembro y/o titular de la certificación y, en última instancia, medidas disciplinarias